La resolución de la Dirección del Trabajo, firmada por el director nacional Pablo Zenteno, señala que “no resulta ajustado a derecho celebrar acuerdos con efecto laborales sobre terceros que prohiban o limiten contratación de trabajadores únicamente en atención a la edad de estos.
“Junto con cercenar de manera expresa la libertad constitucional de trabajo (…) se estaría utilizando abiertamente uno de los criterios discriminatorios definidos en el decálogo del inciso cuarto del artículo 2 del Código del Trabajo”, añadió el escrito.
La institución además remarcó que «se encuentra facultada para fiscalizar y, eventualmente, sancionar a cualquier empleador que formule, directamente o a través de terceros, una oferta de trabajo que contenga una condición discriminatoria» dentro de lo indicado en el Código del Trabajo.