En el recurso que consta de 31 páginas y al que tuvo acceso PrimeraBChile, Barnechea, representada por los abogados Ciro Colombara López y Aldo Díaz Canales, expone los argumentos por los que la ANFP no debió haber suspendido su licencia de clubes.
Entre los principales, destaca que desde el punto de vista de Barnechea, la ANFP suspendió de manera ilegal y arbitraria, la Licencia de Clubes del Club Deportivo Barnechea. Fundamenta este punto, indicando que la institución “cumplió – y aún cumple- con todos los requisitos financieros para mantener su licencia de clubes”.
En este punto, asegura además, que “Club Deportes Barnechea acreditó fehacientemente a la ANFP el cumplimiento y pago de los dos convenios de pago suscritos con la Tesorería General de la República” y que a pesar de eso, la ANFP suspendió de manera arbitraria e ilegal, la licencia de clubes”.
Barnechea expone también que urge que la Corte de Apelaciones decrete orden de no innovar ya que las consecuencias de la suspensión de la licencia de clubes para la institución “son gravísimas”. “Se amenaza severamente la posibilidad de subsistir de Club Deportes Barnechea toda vez que, la suspensión de su licencia implica consecuencialmente la prohibición de participar de cualquier competencia deportiva”, manifiesta el conjunto precordillerano.
Recuerda también que como derivado de la suspensión de su licencia, no pudo jugar frente a Deportes Recoleta el sábado pasado (fecha 18), situación que además se extendió al partido de la fecha 19 vs Rangers y así, sucesivamente.
“El acto recurrido amenaza no solo las posibilidades de ascenso que tenía Club Deportivo Barnechea debido a su buen desempeño en el Torneo, sino que también, aumenta exponencialmente las posibilidades de su descenso“, subraya el elenco “huaicochero”.
Otro punto que destaca es el problema económico que se genera a partir de la suspensión de la licencia de clubes. “Los graves efectos del acto recurrido no solo implican el descenso de Club Deportes Barnechea, sino que además la consecuencial incapacidad económica de nuestra representada para pagar las remuneraciones de sus jugadores, el equipo técnico y todos los funcionarios del club”.
“En definitiva, en caso de mantenerse la decisión adoptada por la ANFP, se amenaza severamente la posibilidad de subsistir de Club Deportes Barnechea, quien se verá impedido de desarrollar su giro deportivo y no podrá obtener ingresos económicos de aquí en adelante”, se enfatiza en el recurso de protección.
Lo que solicita Barnechea
En concreto, en su acción judicial, Barnechea solicita lo siguiente:
- Que se deje sin efecto la suspensión de la Licencia de Clubes de Club Deportes Barnechea.
- Que se declare que Club Deportes Barnechea acreditó fehacientemente el pago y cumplimiento de los convenios vigentes con la Tesorería General de la República.
- Que se declare que Club Deportes Barnechea cumplió íntegramente el criterio F.1. del Reglamento de Licencia de Clubes consistente en la declaración jurada de deudas vencidas.
- Que se permita inmediatamente a Club Deportes Barnechea continuar en el Torneo Primera B.
- Que se realicen los partidos pendientes de Club Deportes Barnechea en el Torneo Primera B producto del acto recurrido.
- Que se dicten las medidas que S.S. Iltma. estime pertinentes para reestablecer el imperio del derecho y garantizar los derechos cuya protección se invoca en la presente acción de protección.
- Que se condene en costas a la recurrida.
Los documentos con los que Barnechea respalda su recurso de protección contra la ANFP:
Barnechea se ampara además en una serie de documentos, que espera le sirvan para demostrar que no incumplió el reglamento y que tal como afirma, la suspensión de su licencia de clubes por parte de la ANFP, es “ilegal y arbitraria”.
No los nombraremos todos por ser demasiado engorroso, pero sí los fundamentales:
- Certificado de pago emitido por la Tesorería General de la República con fecha 15 de mayo de 2024.
- Correo de fecha de 23 de julio de 2024 en virtud del cual Club Deportes Barnechea envió a la ANFP los documentos referidos al convenio de pago otorgado mediante Resolución N° 393.
- Cupones de pago relativos al convenio de pago otorgado mediante resolución N° 393.
- Comprobante de pago emitido por la Tesorería General de la República con fecha 15 de julio de 2024.
- Comprobante de pago emitido por la Tesorería General de la República con fecha 31 de julio de 2024.